¿Hay que declarar las operaciones intracomunitarias en el formulario 300?
Persoa que publicou o fío: Sílvia Miranda Sánchez
Sílvia Miranda Sánchez
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Apr 11, 2008

¡Hola!

Yo soy nueva en esto, y no tengo ni idea. Ahora tengo que hacer mi primera declaración de IVA, y no me queda claro si hay que rellenar la dichosa casilla 32 o no. He leído un montón de hilos sobre el tema, pero no he dado con la respuesta.

Además, si resulta que he facturado más del 30% a agencias intracomunitarias, tengo que rellenar el impreso 349?

¿Alguien sabe dar una respuesta clara y concisa (vaya, para tontos) a una autónoma nueva y,
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¡Hola!

Yo soy nueva en esto, y no tengo ni idea. Ahora tengo que hacer mi primera declaración de IVA, y no me queda claro si hay que rellenar la dichosa casilla 32 o no. He leído un montón de hilos sobre el tema, pero no he dado con la respuesta.

Además, si resulta que he facturado más del 30% a agencias intracomunitarias, tengo que rellenar el impreso 349?

¿Alguien sabe dar una respuesta clara y concisa (vaya, para tontos) a una autónoma nueva y, digamos, poco acostumbrada a rellenar impresos de estos?

¡Muchas gracias!
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Cristina Cajoto
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Las facturas a países intracomunitarios no llevan IVA Apr 12, 2008

Las facturas a países intracomunitarios no llevan IVA, así que, por lo que yo sé, no afectan a tu declaración del IVA.
En cuanto al impreso 349, la verdad es que no sé cuál es, pero si tiene que ver con el IVA supongo que no debe preocuparte.
Suerte con el papeleo!


 
Sílvia Miranda Sánchez
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pero sí hay que declararlas aunque no lleven IVA... ¿no? Apr 12, 2008

Sé que no llevan IVA y por lo tanto no tengo que pagar ese IVA, pero son servicios que he ofrecido y supongo que sí hay que declararlos de algún modo... ¿o no?

Cuando fui a Hacienda, me dijeron que incluyera la base en el importe que se declara en la casilla 7 (del IVA devengado); por lo demás, me dijeron que se declaraba en la Renta anual. Sin embargo, no estoy muy segura de ello (cada vez te dicen una cosa diferente)... Y, de hecho, por este fórum he encontrado opiniones con
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Sé que no llevan IVA y por lo tanto no tengo que pagar ese IVA, pero son servicios que he ofrecido y supongo que sí hay que declararlos de algún modo... ¿o no?

Cuando fui a Hacienda, me dijeron que incluyera la base en el importe que se declara en la casilla 7 (del IVA devengado); por lo demás, me dijeron que se declaraba en la Renta anual. Sin embargo, no estoy muy segura de ello (cada vez te dicen una cosa diferente)... Y, de hecho, por este fórum he encontrado opiniones contradictorias.

Todo esto me preocupa porque, además, este trimestre tengo un 31,2% de facturas a clientes intracomunitarios; ¿y ahora qué hago? ¿Tengo que rellenar otro impreso? Sé que al cabo del año será menos de un 30% (intracomunitario), ¿pero qué pasa si un trimestre me paso?

Gracias por todas vuestras sugerencias, la verdad es que estoy hecha un lío...
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Sílvia Miranda Sánchez
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¿hay que incluir la base de las intracomunitarias en la casilla 7? Apr 12, 2008

Ahora acabo de pensar en ello. En Hacienda me dijeron que contabilizara la base de las facturas intracomunitarias como un ingreso más (y, por lo tanto, lo incluyera en la casilla 7). ¿Eso es así realmente? ¿Luego no descuadrará por todos lados?

Resumen:

-Casilla 7: contabilizo todas las bases (incluidas las intracomunitarias)
-Casilla 32: contabilizo la base de las facturas intracomunitarias

-Me doy de alta (¡no lo estoy!) en el ROI mediante el
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Ahora acabo de pensar en ello. En Hacienda me dijeron que contabilizara la base de las facturas intracomunitarias como un ingreso más (y, por lo tanto, lo incluyera en la casilla 7). ¿Eso es así realmente? ¿Luego no descuadrará por todos lados?

Resumen:

-Casilla 7: contabilizo todas las bases (incluidas las intracomunitarias)
-Casilla 32: contabilizo la base de las facturas intracomunitarias

-Me doy de alta (¡no lo estoy!) en el ROI mediante el modelo 036. A mi me dio de alta un gestor con el 037; ¿hay alguna incompatibilidad entre ellos?

-Si las facturas intracomunitarias anuales no superan el 30%, no tengo que hacer nada más.
-Si un trimestre superan ese 30%, ¿qué hago?

Muchas gracias de nuevo.
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smvasc
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Llama a AEAT Apr 12, 2008

Estoy casi 100% segura de que es obligatorio declararlo, pero lo mejor es que llames a Hacienda, en la pagina Web www.aeat.es, puedes encontrar su telefono. Son muy amables y siempre me han ayudado cuando he tenido dudas.

 
Cristina Cajoto
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Creo que no tienes que incluir las facturas sin IVA Apr 12, 2008

Creo que en el modelo 300 no tienes que incluir las facturas sin IVA: en las casillas 1, 4 y 7 sólo debes incluir las bases imponibles que han sido gravadas con el IVA, tal y como se especifica en las instrucciones para cubrir el modelo 300: "En las tres primeras líneas se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 4%, 7% y 16%, el tipo aplicable y las cuotas resultantes".

Respecto a la casilla 32, creo que se refiere a entregas intracomunitarias con
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Creo que en el modelo 300 no tienes que incluir las facturas sin IVA: en las casillas 1, 4 y 7 sólo debes incluir las bases imponibles que han sido gravadas con el IVA, tal y como se especifica en las instrucciones para cubrir el modelo 300: "En las tres primeras líneas se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 4%, 7% y 16%, el tipo aplicable y las cuotas resultantes".

Respecto a la casilla 32, creo que se refiere a entregas intracomunitarias con IVA, lo que no te afecta a ti.

En cuanto a ese 32% de facturas a clientes intracomunitarios, no entiendo a lo que te refieres. ¿Puede que te estés refieriendo al IRPF? Cuando me di de alta como autónomo elegí el tipo de declaración de la renta correspondiente a un 70% de ingresos con descuento del IRPF. Me dijeron que si en algún momento pasaba a tener más de un 30% de ingresos en los que no se hubiera aplicado el descuento del IRPF, debería cambiar el tipo de declaración.

Espero que te haya servido.
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Parrot
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Hola Apr 15, 2008

Sílvia Miranda Sánchez wrote:

Yo soy nueva en esto, y no tengo ni idea. Ahora tengo que hacer mi primera declaración de IVA, y no me queda claro si hay que rellenar la dichosa casilla 32 o no. He leído un montón de hilos sobre el tema, pero no he dado con la respuesta.


No. Llevaba 5 años rellenandola con mis "entregas intracomunitarias", y cuando la última actualización del ROI, me dijeron que estaba equivocada. Que la 32 era para la facturación de bienes. (Esto de parte de la central de Guzmán el Bueno. Entiendo que tal y cómo está Hacienda, puede decir otra cosa en otra oficina).

Además, si resulta que he facturado más del 30% a agencias intracomunitarias, tengo que rellenar el impreso 349?


Si facturas más del 30% a agencias intracomunitarias (siempre en base al año anterior), el modelo aplicable es el 130.

Si alguno de tus clientes excede 3.000 € en un trimestre, hay que informar sobre ese cliente mediante el 347 (otra vez lo tengo de Guzmán el Bueno. Consta en este foro que otras delegaciones piden el 349). En cuanto al modelo en sí dice: http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Normativas/Impuesto_sobre_el_Valor_Anyadido_(I.V.A.)/Otros/IVA.pdf

"No se declaran nunca en este Modelo las prestaciones de servicios, tanto recibidas como efectuadas, con empresarios o profesionales de otros Estados miembros."


 
Juliette Lemerle (X)
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deducir IVA sobre facturas extranjeras? Jan 28, 2009

Hola,

Sigo este hilo porque me parece que va ligado…

Estoy rellenando los modelos de liquidación de IVA (300) y me sale una duda respecto a compras hechas en el extranjero.

En la casilla 22 se indica el IVA deducible sobre compras hechas en España, ¿es esto?

Ahora bien, si he comprado un ordenador en Francia y que quiero deducir el IVA, ¿esto se indica en la casilla 24 (adquisiciones intracomunitarias)? O es que no puedo deducirlo ya qu
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Hola,

Sigo este hilo porque me parece que va ligado…

Estoy rellenando los modelos de liquidación de IVA (300) y me sale una duda respecto a compras hechas en el extranjero.

En la casilla 22 se indica el IVA deducible sobre compras hechas en España, ¿es esto?

Ahora bien, si he comprado un ordenador en Francia y que quiero deducir el IVA, ¿esto se indica en la casilla 24 (adquisiciones intracomunitarias)? O es que no puedo deducirlo ya que no estoy dada de alta como « operador intracomunitario »?

Espero que la consulta sea clara.

Gracias de antemano por vuestra ayuda.
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